En virtud de la Ley de Mercado de Capitales, el Emisor está obligado a tener un comité de auditoría conformado por un mínimo de tres miembros de su Directorio, con experiencia en temas comerciales, financieros, contables, bancarios y de auditoría. Al menos la mayoría de los miembros del comité de auditoría deben ser directores independientes, de acuerdo a los criterios establecidos en las Normas de la CNV.
Como emisor privado extranjero que cotiza en los Estados Unidos, el comité de auditoría está compuesto por miembros independientes designados por el Directorio, que son independientes de conformidad con la Norma 10A-3 de la Ley de Intercambio de Valores.
Los tres miembros del comité de auditoría cuentan con conocimientos financieros y Laurence Nicole Mengin de Loyer es experta financiera.
El Emisor tomará las medidas necesarias para asegurar que haya disponibles miembros suplentes a fin de completar las eventuales vacantes. El quórum para la toma de decisiones por parte del comité de auditoría requerirá la presencia de una mayoría de sus miembros y todas las cuestiones serán decididas por el voto de la mayoría de los miembros presentes en la reunión. Los miembros del comité de auditoría, en su primera sesión posterior a la reunión de Directorio que los eligió, designarán entre los mismos a un presidente, quien, en caso de empate en la votación de las cuestiones sometidas a consideración del comité, tendrá doble voto. De acuerdo con el estatuto social del Emisor, sus miembros podrán participar de una reunión de comité por medio de un sistema de comunicación que provea transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, y los miembros del comité que participen a distancia serán tenidos en cuenta a los fines del quórum. El comité adoptará resoluciones con el voto afirmativo de la mayoría de los miembros presentes físicamente o mediante dicho sistema de comunicación. A todo evento, cuando el comité celebre reuniones a distancia, respetará a los fines de la implementación de dichas reuniones, lo reglamentado en el régimen establecido para las reuniones a distancia del Directorio. Las decisiones del comité de auditoría serán registradas en un libro societario especial y serán firmadas por todos los miembros del comité que estuvieron presentes en la reunión. Según el Artículo 17, Capítulo III, Título II de las Normas de la CNV, el comité de auditoría deberá celebrar por lo menos una reunión programada regularmente cada tres meses.
El Comité de Auditoría tiene un reglamento escrito que establece sus deberes y responsabilidades. El reglamento actual fue aprobado por el Directorio en 2020.
Nuestro Comité de Auditoría desempeña, entre otras, las siguientes funciones y responsabilidades:
- emite opinión respecto de la propuesta del Directorio a los accionistas para la designación de los auditores externos;
- analiza los diferentes servicios prestados por los auditores externos y sus honorarios, asegura su independencia, revisa sus planes y evalúa su desempeño, emitiendo una opinión al respecto cuando la Compañía emite sus estados financieros;
- toma conocimiento de las políticas de auditoría interna para garantizar que estén completas y actualizadas y las aprueba para luego elevarlas al Directorio para su consideración y aprobación;
- asegura y evalúa el desempeño de la función de Auditoría Interna, estableciendo sus recursos humanos y presupuestarios, aprueba el plan anual de auditoría interna y las auditorías adicionales ad-hoc, y supervisa el cumplimiento del plan de auditoría, emitiendo una opinión sobre la planificación y ejecución de la Auditoría Interna cuando se presenten los estados financieros anuales de la Compañía;
- asegura que se sigan las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría;
- supervisa la suficiencia, adecuación y eficacia de los sistemas de control interno para garantizar la razonabilidad, fiabilidad, suficiencia y claridad de los estados contables consolidados, la información financiera y los estados contables e información financiera consolidados;
- supervisa el mantenimiento de controles internos adecuados por parte de cada una de las subsidiarias de Grupo Supervielle para minimizar el riesgo mediante la consolidación de las mejores prácticas con respecto a cada uno de los negocios;
- evalúa la calidad de los procesos internos con el objetivo de supervisar el control de calidad del servicio al cliente, el control de riesgos y el control de eficiencia en la operación de la Compañía;
- toma conocimiento de los riesgos financieros, reputacionales, legales y operativos de Grupo Supervielle, y supervisa el cumplimiento de las políticas diseñadas para mitigarlos;
- asiste al directorio en la supervisión de los estados contables, analizando los estados contables de Grupo Supervielle y los estados contables consolidados con sus controladas y asociadas antes de su presentación al Directorio y con la profundidad necesaria para evaluar su razonabilidad, confiabilidad y claridad;
- supervisa la confiabilidad de la información financiera y de la información sobre hechos relevantes que se presentan al mercado y organismos de control;
- asiste al directorio en la supervisión del cumplimiento de las políticas, procesos, procedimientos y reglas establecidos por Grupo Supervielle y sus controladas y vinculadas;
- toma conocimiento del cumplimiento de la normativa aplicable en materias relacionadas con la conducta en los mercados de valores, protección de datos, así como que los requerimientos de los órganos competentes en estas materias sean atendidos en tiempo y forma;
- asegura que el Código de Ética y la normativa de los Códigos de Conducta Internos cumplan con las normas y reglamentos vigentes;
- verifica el cumplimiento de cualquier regla de conducta aplicable;
- toma conocimiento de los reclamos sobre contabilidad, controles internos relacionados al reporte financiero y asuntos de auditoría, recibidos a través de los procedimientos aplicables.
- suministra información completa al mercado sobre las operaciones en las que pudiera existir un conflicto de intereses con los miembros de los diversos órganos societarios o accionistas controlantes del Emisor;
- emite opiniones fundadas respecto de operaciones con partes relacionadas bajo ciertas circunstancias e informa tales opiniones a agencias reguladoras según lo requiera la CNV;
- emite opinión sobre la razonabilidad de los honorarios y de los planes de opciones sobre acciones de los directores y administradores propuestos por el Directorio;
- emite un informe previo a cualquier resolución del Directorio para recomprar acciones de la Compañía;
- emite opinión sobre el cumplimiento de las exigencias legales y sobre la razonabilidad de las condiciones de emisión de acciones o de valores convertibles en acciones, en casos de aumento de capital con exclusión o limitación del derecho de preferencia;
- al menos una vez al año y con la presentación del balance anual de la Compañía, emite un informe al Directorio y a los accionistas sobre el trabajo realizado en el desempeño de sus funciones y los resultados de su labor; y
- realiza todos las tareas establecidas en su reglamento, en los estatutos de la Compañía, leyes y regulaciones.
Además, se requiere que el comité de auditoría prepare un plan de trabajo anual y lo presente al Directorio y a la Comisión Fiscalizadora dentro de los sesenta días corridos del inicio del ejercicio económico. Los directores, miembros de la comisión fiscalizadora y auditores externos deben asistir a las reuniones del comité de auditoría si el comité así lo solicita, y deben otorgar al comité de auditoría plena cooperación e información. El comité de auditoría tiene derecho a contratar expertos y asesores para que lo ayuden en sus tareas y tiene acceso total a la información y documentación que considere necesaria.